Inscripción: Recuerde que durante el mes de Noviembre puede solicitar la inscripción en el Registro de Devolución Mensual, para que éste le sea ya de aplicación desde enero de 2010. Esta inscripción le permitirá obtener la devolución del IVA que resulte a su favor a final de cada mes, sin tener que esperar a la última declaración del año. Para ello, deberá presentar el modelo 036 de declaración censal con el apartado reservado a tal efecto cumplimentado (casilla 579, página 5). Asimismo, tenga en cuenta que en Noviembre también puede solicitar la baja del Registro, si lo que desea es que a partir del año próximo este régimen deje de serle de aplicación.
Durante el año: No obstante, si usted no se acoge a este régimen pero durante el año 2010 piensa que le hubiera salido a cuenta haberse acogido, también puede solicitar la inscripción en dicho Registro en los plazos de presentación de las liquidaciones de IVA. En ese caso, la inscripción surtirá efectos a partir del día siguiente al de la finalización de período de liquidación (por ejemplo, si presenta la solicitud a principios de Abril, coincidiendo con la declaración del primer trimestre, la inscripción surtirá efectos desde el día 21 de Abril)
Requisitos: Entre otros requisitos, debe estar al corriente de obligaciones tributarias y no realizar actividades que tributen en el régimen simplificado.