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La Agencia Tributaria ha comenzado a negar la compensación de bases imponibles negativas en declaraciones presentadas fuera de plazo, aplicando la doctrina del Tribunal Económico Administrativo Central (Teac), de 4 de abril de 2017, en la que entiende que la compensación de bases negativas es una opción y como tal debe llevarse a cabo en el momento de presentar la declaración, sin que se puedan realizar rectificaciones posteriores.