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Durante el próximo mes de noviembre se deberá presentar el modelo 232 correspondiente al ejercicio 2016. Es decir, la "Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales", que hasta ahora aparecía en la declaración del Impuesto sobre Sociedades.

En concreto, en dicho modelo se deberá informar sobre las siguientes operaciones vinculadas:

  • Aquellas realizadas con una misma entidad que en conjunto superen los 250.000 euros.
  • Aquellas consideradas "específicas" con un importe conjunto superior a 100.000 euros (ventas de inmuebles, participaciones, etc.).
  • También se deberán incluir aquellas del mismo tipo y método de valoración realizadas con la misma entidad cuyo importe conjunto supere el 50% de la cifra de negocios de la empresa.

Por otro lado, también se desplazan al modelo 232 (en los mismos términos en que aparecían en la declaración del Impuesto sobre Sociedades):

  • El detalle de las operaciones realizadas con paraísos fiscales.
  • El detalle de las cesiones de intangibles a entidades vinculadas que gocen de la reducción del 60%.

El modelo 232 se debe presentar de forma obligatoria por vía electrónica a través de Internet.

 

Fuente: © INDICATOR | Lefebvre - El Derecho, S.A.