Estarán obligados a presentar el modelo 232 los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que actúen mediante establecimiento permanente, así como las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, que cumplan con lo establecido en el siguiente cuadro informativo:
Debe hacerse especial hincapié en que siempre existirá la obligación de presentar el modelo 232 respecto de aquellas operaciones vinculadas del mismo tipo y que utilicen el mismo método de valoración cuando el importe conjunto de estas operaciones en el período impositivo sea superior al 50% de la cifra de negocios de la entidad, aunque su importe total sea inferior a los límites numéricos mencionados.
Además, en lo que respecta a las operaciones y valores relacionados con países y territorios considerados como paraísos fiscales, la información a suministrar no tiene límite cuantitativo alguno, ni está condicionado a que se trate de personas o entidades vinculadas, por lo que habrá que declarar todas las operaciones de esta índole.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Como regla general, el plazo de presentación del modelo 232 es el mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del período impositivo al que se refiera la información a suministrar.
Por tanto, cuando se trate de contribuyentes cuyo ejercicio económico coincida con el año natural, el plazo de presentación de la declaración queda fijado desde el 1 al 30 de noviembre.
Para los períodos impositivos iniciados en el 2017 y que finalicen antes del 31 de diciembre de 2017, su plazo de presentación será desde el día 1 al 30 de noviembre de 2018.
FORMA Y CONDICIONES GENERALES DE PRESENTACIÓN:
La presentación del modelo 232, de declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales, se efectuará de forma obligatoria por vía electrónica a través de internet.
Para ello será necesario acceder a la Sede Eletrónica de la Agencia Tributaria y disponer de certificado electrónico de identificación o DNI electrónico.
CUMPLIMENTACIÓN DEL MODELO 232:
Si desea cumplimentar el modelo oficial para su presentación deberá acceder al fichero que hay en el enlace siguiente:
LEGISLACION:
- Art. 18 Ley 27/2014 LIS. Operaciones vinculadas.
- Art. 23 Ley 27/2014 LIS. Reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles.
- Art. 13 RD 634/2015 RIS. Información y documentación sobre entidades y operaciones vinculadas.
- Orden HFP/816/2017. Aprueba el modelo 232 de declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales.