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Estimado cliente,

En el BOE de 30 de mayo de 2018, se publicó la Orden HFP/544/2018, de 24 de mayo, por la que se aprueba el modelo 179, «Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos», estableciendo la forma, plazo y lugar de presentación, y el resto de datos relevantes para el cumplimiento de esta nueva obligación de información, que como se recordará fue introducida por el Real Decreto 1070/2017, de 29 de diciembre, con motivo de la prevención del fraude fiscal, y que entró en vigor el pasado junio de 2018.

 

Le recordamos una vez más, que están obligados a presentar el modelo 179, todas aquellas personas o entidades que intermedien entre los cedentes (propietarios) y los cesionarios (inquilinos) ya sea a título oneroso o gratuito.
La declaración tiene un plazo de presentación trimestral, comprendiendo las operaciones de cesión realizadas en cada trimestre natural, debiendo declararse hasta el último día del mes natural siguiente a la finalización del correspondiente trimestre:
  - Primer trimestre: del 1 al 30 de abril
  - Segundo trimestre: del 1 al 31 de julio
  - Tercer trimestre: del 1 al 31 de octubre
  - Cuarto trimestre: del 1 al 31 de enero


No obstante, y con carácter excepcional, la declaración correspondiente al ejercicio 2018 tendrá carácter anual, debiendo presentarse entre el día 1 y 31 de enero de 2019.


La información a suministrar para poder cumplimentar el modelo 179 comprende: 

- Identificación del titular o titulares de la vivienda, del titular del derecho en virtud del cual se cede la vivienda (si es distinto del titular de la vivienda) y de las personas o entidades cesionarias. ( NIF-IVA, Pasaporte, Documento Oficial de Identificación, Certificado Residencia u Otros)
- Identificación del inmueble (dirección completa) con especificación de la referencia catastral, en el caso de que la tuvieran asignada.
- Número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos.
- Importe percibido por el titular cedente del uso de la vivienda o, en su caso, indicar su carácter gratuito.
- Fecha de inicio del arrendamiento
- Número de contrato en virtud del cual el declarante intermedia en la cesión de uso de la vivienda.
- Fecha de intermediación en la operación.
- Identificación del medio de pago utilizado (transferencia, tarjeta de crédito o débito u otro medio de pago).


Por otro lado, los cedentes del uso de la vivienda con fines turísticos deberán conservar una copia del documento de identificación de las personas beneficiarias del servicio.


Para la correcta y debida cumplimentación del modelo 179, hemos confeccionado una herramienta en formato Excel que adjuntamos por si se encuentra obligado a presentar la declaración informativa, y cumplimentar en ella todos los datos obligatorios de los arrendamientos realizados durante el ejercicio 2018, y de apoyo para los siguientes trimestres.


Esperando les sea de utilidad esta información y herramienta, aprovechamos para enviarles un cordial saludo.

Excel 2010 23622

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